La Recomendación General N.º 33 de CEDAW (2015) es un instrumento que establece que el acceso a la justicia es un derecho fundamental y un requisito para ejercer todos los demás derechos humanos. También señala las barreras estructurales, culturales y económicas que enfrentan las mujeres al momento de buscar protección o reparación judicial, y encomienda a los Estados eliminar la discriminación en leyes y prácticas. También promueve la capacitación con enfoque de género para operadores judiciales, la independencia del poder judicial y el fortalecimiento de mecanismos accesibles, integrales y eficaces. Esta recomendación impulsa un enfoque para garantizar una justicia real y transformadora para todas las mujeres.
Los 6 componentes del acceso a la justicia
La metodología de la Recomendación 33 se aleja de una visión puramente legalista y adopta un enfoque integral y sustantivo. Propone que el acceso a la justicia solo es real si se cumplen simultáneamente estos seis elementos:
- 1. Justiciabilidad: Capacidad de las mujeres para reclamar sus derechos ante instituciones judiciales y cuasi-judiciales. Metodológicamente, implica eliminar barreras que impiden que un caso sea «juzgable» (ej. leyes que no reconocen la violencia psicológica).
- 2. Disponibilidad: Presencia física y funcional de tribunales y servicios en todo el territorio, incluyendo zonas rurales o remotas.
- 3. Accesibilidad: Los sistemas deben ser económicos (asistencia legal gratuita), lingüísticamente comprensibles y físicamente seguros para las mujeres.
- 4. Buena calidad: No basta con que haya justicia, debe ser buena. Esto implica que los operadores (jueces, policías, fiscales) estén capacitados para actuar sin prejuicios y que las sentencias se ajusten a estándares de derechos humanos.
- 5. Suministro de recursos: Garantizar que las víctimas tengan acceso a reparaciones integrales, indemnizaciones y medidas de protección efectivas y rápidas.
- 6. Rendición de cuentas: Mecanismos para monitorear el desempeño de los sistemas de justicia y sancionar a los funcionarios que violen los derechos de las mujeres o actúen sin la debida diligencia.









