En diciembre de 2024, la Legislatura de la provincia de Santa Fe adhirió a la Ley Olimpia, que incorpora la modalidad de violencia digital en el Art. 6 de la Ley Nacional 26.485 de Protección integral de las mujeres.
En su Artículo 7 modifica el Código de Faltas de la provincia de Santa Fe e incorpora las siguiente formas de acoso sexual:
- A. Publicación no autorizada de información personal (doxing)
- B. Estigmatización por conducta sexual (slut shaming)
- C. Ciberacoso (ciberbullying)
- D. Amenazas directas de daño o violencia y extorsión sexual (sextorsión)
- E. Actos que implican monitoreo, control y vigilancia en línea (online stalking)
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