CEDAW | ONU 1999 | Protocolo Facultativo

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)

Mediante la puesta en vigencia del Protocolo Facultativo de la CEDAW, los Estados parte reconocen al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (cuya sigla en inglés también es CEDAW). El Comité es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, siendo el órgano competente para recibir denuncias (llamadas comunicaciones) referidas a situaciones o procesos de vulneración de derechos de las mujeres (Artículo 1). La Argentina ratificó el protocolo en el año 2006 mediante la Ley Nacional 26.171.
Dichas comunicaciones pueden ser presentadas por personas individuales o grupos de personas que, estando bajo la jurisdicción del Estado parte, «aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado parte de cualquiera de los derechos enunciados en la convención, o en nombre de esas personas o grupos de personas» (artículo 2°).

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